Placeres

La Adoración de los Magos

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha declarado esta semana Bien de Interés Cultural (BIC) el cuadro Adoración de los Reyes Magos, de Anton van Dyck, para reconocer el valor histórico y artístico que supone esta obra pictórica para el patrimonio cultural, ha informado el Gobierno regional en un comunicado.

Corresponde a un trabajo del periodo de juventud de van Dyck, entre 1616- 1617, cuando tenía apenas 17 o 18 años, en la que destaca la creatividad y radicalidad características de los momentos iniciales de su carrera.

La etapa juvenil del pintor flamenco siempre ha despertado el interés de los historiadores por la extraordinaria precocidad de su talento.

Se trata de un óleo sobre lienzo de tamaño 150×230 centímetros en buen estado de conservación en el que destaca el dominio del color, rico y luminoso, la pincelada y calidad de las telas, así como la composición de la estructura grupal.

Su composición, articulada y unida, cohesiona numerosas figuras de gran tamaño dotadas de corporeidad, inmediatez, movimiento y expresividad.

El conjunto de la obra -propiedad actualmente de un particular- sigue la tipología del barroco, en el que se representan bastantes personajes, donde cada uno de ellos se estudia de manera individual y en grupo, mostrando diferentes posturas y planos, con movimiento y dinamismo.

Todas las figuras están caracterizadas con realismo y rostros individualizados que muestran expresividad y emoción. La composición pone de relieve al Hijo y a la Madre, que quedan potenciados por el protagonismo de la luz en ambas figuras, incidiendo especialmente en el vestido y rostro de la Virgen y en la aureola luminosa que irradia de la cabeza de ambos, destacando la de Jesús.

En el resto del lienzo, la luz se refleja fundamentalmente en las vestiduras de los Magos creando modulaciones cromáticas de menor o mayor intensidad.

La declaración de esta obra como BIC supone que no puede ser exportada y, si sale a la venta, los propietarios están obligados a comunicarlo a la Administración para que esta determine si ejercita el derecho de tanteo.

Además, cualquier intervención sobre el bien tendrá que ser autorizada por la Comunidad de Madrid y deberá respetar los criterios establecidos en la ley y la propia declaración.

Redacción

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